HASTA EL FINAL

¿PORQUE LO QUE ES BUENO PARA LA U.S.O DE CANTABRIA Y PARA LA U.S.O EN GENERAL, ES MALO PARA LA U.S.O DE ASTURIAS?

En la portada de la pagina Web de la U.S.O. (http://www.uso.es), podemos ver estos días como aparece anunciada a bombo y platillo una sentencia del Tribunal Constitucional, declarando NULO el despido de una trabajadora en Cantabria.

La USO consideraba NULO, ilegal y discriminatorio el despido de la trabajadora, como no podía ser de otra manera, ¿pero como puede ser, que tras esta consideración la USO despida por iguales causas discriminatorias a uno de sus trabajadores? Causas que recoge la sentencia en el apartado SEXTO: por violación de los derechos fundamentales y represalia por su relación con Julio Rozada y su negativa a cumplir las directrices del sindicato, ¿cómo es posible que la USO recrimine unos hechos en Cantabria y esos mismos hechos los acepte en Asturias?

Salvando las diferencias del sexo o de genero, yo diría que los hechos que motivaron la sentencia del Tribunal Constitucional para declarar NULO el despido de una trabajadora en una clínica de Cantabria, son calcados a los que motivaron la declaración de despido improcedente, con relación al despido de Mata llevado a cavo por la Fundación Sindicalismo y Autonomía la cual esta gestionada al 100% por la Unión Sindical Obrera.

Se dice que la trabajadora fue encadenando contratos temporales durante mas de un año, hasta que la empresa conoció que estaba embarazada, pues bien en la sentencia del Juzgado de lo Social Nº 3 de Gijón hay como mínimo 10 contratos temporales hechos por la Fundación Sindicalismo y Autonomía, durante un periodo de cerca de 7 años, hasta que decidieron ejercer su autoridad ante la desobediencia debida por hacer caso omiso de las recomendaciones emanadas desde los órganos Regionales del sindicato. ¿no están estos contratos hechos en fraude de ley?

En el largo proceso jurídico y sindical de la compañera de Cantabria, la USO tuvo que soportar descalificaciones, rechazo y oposición del sindicato mayoritario en el comité de empresa, incluso las propias compañeras de trabajo se manifestaron en contra de que su situación en la empresa se hubiera visto perjudicada por su embarazo, en el caso del compañero de Gijón fue la propia USO apoyada por parte de los trabajadores los que motivaron el despido, teniendo que soportarlo él en solitario.

La reincorporación al trabajo de la compañera, representa un testimonio que sin duda contribuirá a que otras mujeres en situaciones similares superen el miedo a la perdida de un empleo precario, yo en vez de mujeres diría trabajadoras y trabajadores y espero que un día no muy lejano los tribunales también den la razón a Mata, al igual que lo hicieron con la compañera, aunque el infractor en este caso sea el propio sindicato, igualmente espero que si eso ocurre también publiquen la sentencia de la misma forma y manera, y pidan responsabilidades a quienes fueron participes y artífices de ella.

A la vista de las 2 sentencias si aun quedara en los dirigentes de la USO de Asturias un mínimo de decencia deberían de readmitir a Mata, ya, de no ser así, los dirigentes confedérales creo que les deberían de pedir explicaciones convincentes al respecto.